De otra EOI a la EOIBD
Traslado estando matriculado en el año académico en curso (matrícula viva)
Procedimiento
Presentación de la solicitud:
- En línea, cumplimentando el formulario y adjuntando como documentación la copia del DNI, NIE o pasaporte, así como la copia de la matrícula y de los dos recibos de pago.
Para acceder al formulario, haz clic aquí (activo desde el primer día de clase).
- En línea, cumplimentando el formulario y adjuntando como documentación la copia del DNI, NIE o pasaporte, así como la copia de la matrícula y de los dos recibos de pago.
- Las solicitudes se resuelven por orden de llegada y a medida que se van generando vacantes.
- Cuando se produce una vacante, se solicita confirmación a la persona solicitante por correo electrónico de aceptación de la plaza. Si no se recibe respuesta en una semana, se ofrece la plaza a la siguiente persona de la lista de espera.
- Los traslados de matrícula viva dentro de Cataluña no darán lugar al pago de tasas ni precios públicos, pero los que lleguen procedentes de una EOI de otra comunidad autónoma tendrán que pagar la totalidad de la tasa por servicios académicos (Ley 20/2001, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalitat de Catalunya). También tendrán que adjuntar el certificado de su historial académico expedido durante el mes en curso.
Fecha límite
Desde el primer día de clase hasta:
- Cursos extensivos: 30 de abril del 2026.
- Cursos intensivos o flexibilizados del primer cuatrimestre: 28 de noviembre del 2025.
- Cursos intensivos o flexibilizados del segundo cuatrimestre: 31 de marzo del 2026.
- En caso de cambio de modalidad (de intensivo a extensivo o viceversa), se valorará individualmente.
(Si una semana después de terminados los plazos la persona solicitante no ha recibido respuesta, se entiende que no es posible su incorporación).
Atención: no se aceptará ninguna solicitud de traslado de matrícula viva durante el período ordinario de matriculación.
Traslados excepcionales para antiguo alumnado en el mes de julio
Traslado sin estar matriculado en el año académico en curso
- Dentro de Cataluña: la EOIBD lo pide de oficio a petición de la persona interesada.
- Fuera de Cataluña: la persona interesada lo pide directamente en la escuela de origen.