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Devolución de tasas

Causas que la justifican

Puedes solicitar la devolución de las tasas y precios públicos en los siguientes plazos y/o circunstancias:
 

  • Por renuncia al curso en los plazos legalmente establecidos, que para el curso 2026-2027 son:

No más tarde del día 13 de octubre del 2026 para los cursos anuales e intensivos del primer cuatrimestre.

O no más tarde del día 22 de febrero del 2027 para los cursos intensivos del segundo cuatrimestre.

  • Por causas extraordinarias no imputables al alumnado y debidamente justificadas, puedes solicitar la devolución con posterioridad a las fechas mencionadas (no serán considerados de fuerza mayor los cambios en el horario laboral, ni los cambios de lugar de residencia o similares).


NOVEDAD:

La justificación posterior al pago no dará lugar a devolución de ingresos.

Vías de solicitud

 

Documentación

  • Solicitud cumplimentada y firmada
  • Copia del resguardo de matrícula
  • Copia del comprobante de pago
  • Copia del documento que acredite la bonificación y/o exención, en su caso

 

El plazo de resolución del procedimiento no depende de la EOI, sino del Servicio de Gestión Presupuestaria del Departamento de Educación, que es quien comunica su resolución directamente al alumnado.