Devolución de tasas

Causas que la justifican:

Se puede pedir la devolución de las tasas y precios públicos en los siguientes plazos y/o circunstancias:

  • Por renuncia al curso en los plazos legalmente establecidos para el curso 2024-2025

no más tarde del día 10 de octubre de 2024 para los cursos anuales e intensivos del 1er cuatrimestre.

o no más tarde del día 10 de febrero de 2025 para los cursos intensivos del segundo cuatrimestre.

  • Por causas extraordinarias no imputables al alumno y debidamente justificadas, se puede solicitar la devolución con posterioridad a las fechas mencionados (no serán considerados de fuerza mayor los cambios en el horario laboral ni los cambios de domicilio o similares)

Vías de solicitud:

Documentación:

  • Solicitud cumplimentada y firmada
  • Copia del resguardo de matrícula
  • Copia del comprobante de pago.
  • Copia de la documentación acreditativa de la bonificación y/o exención, si es el caso.

El plazo de resolución del procedimiento no depende de la EOI sino del “Servei de Gestió Pressupostària del Departament d’Educació”, que es quien comunica directamente al alumnado la resolución.